Ley 16278

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Publicada D.O. 25 set/992 - Nº 23648 Ley Nº 16.278 EGIPTO - URUGUAY APRUÉBASE EL ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA, ECONÓMICA Y FINANCIERA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo sobre Cooperación Técnica, Económica y Financiera suscrito por el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Arabe de Egipto, en la ciudad de El Cairo, el 28 de junio de 1990.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 14 de julio de 1992. SERGIO ABREU, Primer Vicepresidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS   MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS    MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA     MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 20 de julio de 1992. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. EDUARDO MEZZERA. IGNACIO de POSADAS MONTERO. WILSON ELSO GOÑI. EDUARDO ACHE. ÁLVARO RAMOS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.