Publicada D.O. 26 oct/992 - Nº
23667
Ley Nº 16.287
APRUEBASE LA CONVENCION DE LAS
NACIONES UNIDAS
SOBRE EL DERECHO DEL MAR
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar, suscrita por la República el 10 de diciembre de 1982 en
Montego Bay (Jamaica), con la declaración formulada por la
Delegación de la República al amparo de lo dispuesto en los
artículos 287 y 310 de dicha Convención.
Sala de Sesiones de la Cámara de la Cámara de
Representantes, en Montevideo, a 15 de julio de 1992.
ALEM GARCIA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 29 de julio de 1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
AGUIRRE RAMIREZ.
JUAN ANDRES RAMIREZ.
EDUARDO MEZZERA.
IGNACIO DE POSADAS MONTERO.
MARIANO R. BRITO.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
WILSON ELSO GOÑI.
GUSTAVO CERSOSIMO.
ENRIQUE ALVARO CARBONE.
CARLOS E. DELPIAZZO.
ALVARO RAMOS.
AMADEO OTATTI FOLLE.
JOSE MARIA MIERES MURO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.