Publicada D.O. 14 set/992 - Nº
23639
Ley Nº 16.293
BRASIL - URUGUAY
APRUÉBASE EL ACUERDO PARA EL
APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS
NATURALES Y DESARROLLO DE LA CUENCA DEL RÍO CUAREIM
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República
Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Federativa del
Brasil para el aprovechamiento de los recursos naturales y el
desarrollo de la cuenca del río Cuareim, suscrito en la ciudad de
Artigas, República Oriental del Uruguay, el 11 de marzo de
1991.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
5 de agosto de 1992.
GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 11 de agosto de
1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
HÉCTOR GROS ESPIELL.
MARIANO R. BRITO.
WILSON ELSO GOÑI.
EDUARDO ACHE.
JOSÉ MARÍA MIERES MURO
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.