Publicada D.O. 30 oct/992 - Nº
23671
Ley Nº 16.314
PENSIÓN GRACIABLE
CONCÉDESE UNA A JUANA PONCE DE LEÓN
TERRERO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Concédese una
pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales
a la señorita Juana Ponce De León Terrero.
Artículo 2º.- La erogación
resultante será atendida con cargo a Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 13 de octubre de 1992.
ALEM GARCIA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 20 de octubre de
1992.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANTÓNIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.