Ley 16350

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Publicada D.O. 27 abr/993 - Nº 23786 Ley Nº 16.350 PENSIÓN GRACIABLE CONCÉDESE UNA A ROSA BAFFICO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro salarlos mínimos nacionales a la señora Rosa Baffico. Artículo 2º.- La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 23 de marzo de 1993. LUIS A. HEBER, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 12 de abril de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ANTÓNIO MERCADER. GUSTAVO LICANDRO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.