Publicada D.O. 27 abr/993 - Nº
23786
Ley Nº 16.351
POLONIA - URUGUAY
CONVENIO COMERCIAL Y NOTAS
REVERSALES QUE COMPLETAN EL ARTÍCULO XI
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébanse el Convenio Comercial suscrito el 22 de setiembre
de 1986 entre el Gobierno de la República y el Gobierno de la
República de Polonia (anteriormente denominada República Popular de
Polonia) y las Notas Reversales que completan el Artículo XI del texto
polaco de dicho Convenio, firmadas el 24 de mayo de 1988 entre
ambos Gobiernos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 23 de marzo de 1993.
LUIS A. HEBER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 12 de abril de 1993.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
GUSTAVO LICANDRO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.