Ley 16351

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Publicada D.O. 27 abr/993 - Nº 23786 Ley Nº 16.351 POLONIA - URUGUAY CONVENIO COMERCIAL Y NOTAS REVERSALES QUE COMPLETAN EL ARTÍCULO XI El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébanse el Convenio Comercial suscrito el 22 de setiembre de 1986 entre el Gobierno de la República y el Gobierno de la República de Polonia (anteriormente denominada República Popular de Polonia) y las Notas Reversales que completan el Artículo XI del texto polaco de dicho Convenio, firmadas el 24 de mayo de 1988 entre ambos Gobiernos.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 23 de marzo de 1993. LUIS A. HEBER, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 12 de abril de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. SERGIO ABREU. GUSTAVO LICANDRO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.