Ley 16352

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Publicada D.O. 27 abr/993 - Nº 23786 Ley Nº 16.352 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA TRANSFIÉRESE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR A SU ÁMBITO PARTE DEL INMUEBLE PADRÓN 1366, UBICADO EN LA 1ra. SECCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE ARTIGAS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Transfiérese a título gratuito del patrimonio del Estado - Ministerio del Interior - al de la Administración Nacional de Educación Pública, con destino a la construcción de local para la Escuela Nº 4., Rural, parte del inmueble Padrón 1366 en mayor área, ubicado en la 1ra. Sección Judicial del departamento de Artigas, que cuenta con una superficie de una hectárea, según plano del ingeniero agrimensor Ricardo Nario, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Artigas con el Nº 108, el 3 de noviembre de 1988, y que se deslinda así: cien metros al oeste de frente a la Ruta Nº 30 (vieja); cien metros al norte, lindando con resto del Padrón 1366; al este cien metros, lindando con resto del Padrón 1366 y al sur cien metros, también lindando con resto del Padrón 1366. Artículo 2º.- La presente ley operará como título y modo de dicha traslación de dominio, bastando para su inscripción en el respectivo Registro de Traslaciones de Dominio, un testimonio de la presente disposición.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de abril de 1993. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Dardo Ortiz Alonso, Prosecretario. MINISTERIO DEL INTERIOR  MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 20 de abril de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. JUAN ANDRÉS RAMÍREZ. ANTÓNIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.