Ley 16380

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Publicada D.O. 21 jun/993 - Nº 23824 Ley Nº 16.380 PUEBLO SAN BAUTISTA ELÉVASE A LA CATEGORÍA DE CIUDAD El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Elévase a la categoría de ciudad al pueblo San Bautista, ubicado en la 12a. Sección Judicial del departamento de Canelones.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo a 3 de junio de 1993. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 8 de junio de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. AGUIRRE RAMÍREZ. JUAN ANDRÉS RAMÍREZ. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.