Ley 16404

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Publicada D.O. 24 ago/993 - Nº 23870 Ley Nº 16.404 JOSÉ MARÍA GUERRERO DESÍGNASE ASÍ A LA ESCUELA Nº 47 DE LA CIUDAD DE TRINIDAD, DEPARTAMENTO DE FLORES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Desígnese con el nombre "José María Guerrero" a la escuela Nº 47 de la ciudad de Trinidad, departamento de Flores, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de agosto de 1993. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. JUAN HARAN URIOSTE, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 13 de agosto de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. AGUIRRE RAMIREZ. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.