Ley 16407

Descarga el documento

Publicada D.O.8 ago/993 - Nº 23880 Ley Nº 16.407 PRESIDENTE ORIBE DESÍGNASE ASÍ AL LICEO Nº 41 DEL CERRITO DE LA VICTORIA, DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Desígnase con el nombre "Presidente Oribe" al Liceo Nº 41 del Cerrito de la Victoria, departamento de Montevideo, dependiente de la Administración Nacional de Educación Pública (Consejo de Educación Secundaria).     Sala de sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de agosto de 1993. GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Montevideo, 27 de agosto de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.