Publicada D.O. 6 set/993 - Nº
23878
Ley Nº 16.413
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO A
DESTINAR UNA SUMA CON RECURSOS CONCEDIDO PROVENIENTES DE UN
PRESTAMO CONCEDIDO POR EL GOBIERNO DEL
REINO DE ESPAÑA, PARA FINANCIAR LO QUE SE DETERMINA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Autorízase al
Poder Ejecutivo destinar al Ministerio de Defensa Nacional la suma
de hasta U$S 13:749.222 (trece millones setecientos cuarenta y
nueve mil doscientos veintidós dólares de los Estados Unidos de
América) con recursos provenientes de un préstamo concedido por el
Gobierno del Reino de España, para financiar:
-La adquisición para el Ejército Nacional de equipamiento para
la preservación de áreas protegidas y forestales, la cartografía
nacional, el transporte y trabajos de vialidad y la obtención de
agua por un importe de U$S 12:000.000 (doce millones de dólares de
los Estados Unidos de América).
-La adquisición para la Fuerza Aérea Uruguaya de un Sistema de
Observación y Control de Comunicaciones Aerotransportado Modular
por un importe de U$S 1:749.222 (un millón setecientos cuarenta y
nueve mil doscientos veintidós dólares de los Estados Unidos de
América).
Artículo 2º.- Autorízase a
contratar directamente y con ajuste a los principios generales de
la contratación administrativa sólo las obras y suministros
condicionados por el contenido del Acuerdo de Préstamo realizado
con el Gobierno del Reino de España.
Artículo 3º.- Facúltase, a
los efectos del artículo 1º, a la Contaduría General de la Nación a
habilitar el crédito correspondiente.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
24 de agosto de 1993.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 31 agosto de 1993.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
DANIEL HUGO MARTINS.
SERGIO ABREU.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.