Ley 16421

Descarga el documento

Publicada D.O. 6 oct/993 - Nº 23900 Ley Nº 16.421 ARGELIA - URUGUAY ACUERDO COMERCIAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo Comercial entre la República Oriental del Uruguay y la República Argelina Democrática y Popular, suscrito en Argel el 5 de febrero 1986.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 9 de setiembre de 1993. LUIS A. HEBER, Presidente. MARTIN GARCIA NIN, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 28 de Setiembre 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. JOSE MARIA GAMIO. DANIEL HUGO MARTINS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.