Publicada D.O. 18 oct/993 - Nº
23907
Ley Nº 16.424
BRASIL - URUGUAY
ACUERDO PARA LA REDUCCION DE LA
DEMANDA, PREVENCION DEL USO INDEBIDO Y COMBATE DE LA PRODUCCION Y
TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de
la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República
Federativa del Brasil para le Reducción de la Demanda, Prevención
del Uso Indebido y Combate de la Producción y el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes, Sustancias Sicotrópicas y sus Precursores y
Productos Químicos Específicos, suscripto en la ciudad de Brasilia
el 16 de setiembre de 1991.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, 9 de setiembre de 1993.
LUIS A. HEBER,
Presidente.
MARTIN GARCIA NIN,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Montevideo, 4 de octubre de
1993.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
JOSE MARIA GAMIO.
JUAN ANDRES RAMIREZ.
IGNACIO DE POSADAS MONTERO.
ANTONIO MERCADER.
ODEL ABISAB.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.