Publicada D.O. 8 nov/993 - Nº
23921
Ley Nº 16.427
CAPA DE OZONO
ENMIENDA AL PROTOCOLO DE MONTREAL
RELATIVO A LAS SUSTANCIAS QUE
AGOTAN LA REFERIDA CAPA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la
Enmienda del Protocolo
de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de
Ozono, adoptada en la Segunda Reunión de las Partes en el
Mencionado Protocolo, celebrada en Londres, del 27 al 29 de julio
de 1990.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 19 de Octubre de 1993.
LUIS A. HEBER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 28 de octubre de
1993.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
GUSTAVO CERSOSIMO.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
PEDRO SARAVIA.
MANUEL ANTONIO ROMAY.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.