Publicada D.O. 28 dic/993 - Nº
23957
Ley Nº 16.445
SISTEMA GLOBAL DE PREFERENCIAS
COMERCIALES
ACUERDO ENTRE PAISES EN DESARROLLO
SUSCRITO POR LA
REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo sobre el Sistema Global de Preferencias
Comerciales entre Países en Desarrollo, suscrito por la
República Oriental del Uruguay en la ciudad de Belgrado, el 13 de
abril de 1988.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 2 de diciembre de 1993.
LUIS A. HEBER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 15 de diciembre de
1993.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.