Ley 16445

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Publicada D.O. 28 dic/993 - Nº 23957 Ley Nº 16.445 SISTEMA GLOBAL DE PREFERENCIAS COMERCIALES ACUERDO ENTRE PAISES EN DESARROLLO SUSCRITO POR LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo sobre el Sistema Global de Preferencias Comerciales entre Países en Desarrollo, suscrito por la República Oriental del Uruguay en la ciudad de Belgrado, el 13 de abril de 1988.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 2 de diciembre de 1993. LUIS A. HEBER, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 15 de diciembre de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. SERGIO ABREU. IGNACIO de POSADAS MONTERO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.