Ley 16448

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Publicada D.O. 29 dic/993 - Nº 23958 Ley Nº 16.448 RICARDO FERRES DESIGNASE CON SU NOMBRE  AL TRAMO DE LA RUTA Nº 18 COMPRENDIDO ENTRE LA RUTA Nº 17 Y LA LOCALIDAD DE VERGARA, DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre Ricardo Ferrés al tramo de la Ruta Nº 18 comprendido entre la Ruta Nº 17 y la localidad de Vergara, en el departamento de Treinta y Tres.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 2 de diciembre de 1993. LUIS A. HEBER, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS Montevideo, 15 de diciembre de 1993. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. JUAN CARLOS RAFFO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.