Publicada D.O. 19 ene/994 - Nº
23972
Ley Nº 16.461
PENA DE MUERTE
PROTOCOLO A LA CONVENCION AMERICANA
SOBRE
DERECHOS HUMANOS RELATIVO A SU ABOLICION
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos
Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte, aprobado el 8 de
junio de 1990, durante el vigésimo Período Ordinario de Sesiones de
la Asamblea General de la Organización de los Estados
Americanos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de Diciembre de 1993.
LUIS A. HEBER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 31 de diciembre de
1993.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
RAUL ITURRIA.
DANIEL HUGO MARTINS.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.