Ley 16488

Descarga el documento

Publicada D.O. 1º jun/994 - Nº 24058 Ley Nº 16.488 GERTRUDIS GASTESI DESIGNASE ASI A LA ESCUELA N° 84 DE LA CIUDAD DE BELLA UNION, DEPARTAMENTO DE ARTIGAS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Gertrudis Gastesi" a la Escuela N° 84 de la ciudad de Bella Unión, departamento de Artigas, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 11 de mayo de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 17 de mayo de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.