Publicada D.O. 29 jun/994 - Nº
24078
Ley Nº 16.504
PEDRO OLIVERI RODRIGUEZ
DESIGNASE CON SU NOMBRE, A LA
ESCUELA RURAL N° 84 DE 1er. GRADO
DE BARRA DEL SAUCE DE MANSAVILLAGRA, DEPARTAMENTO DE FLORIDA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Pedro Oliveri
Rodríguez" a la Escuela Rural N° 84, de 1er. Grado, de Barra del
Sauce de Mansavillagra, departamento de Florida, dependiente del
Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación
Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 14 de junio de 1994.
MARIO CANTON,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 22 de junio de 1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.