Ley 16517

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Publicada D.O. 16 ago/994 - Nº 24111 Ley Nº 16.517 CONVENCION MARCO SOBRE EL CAMBIO CLIMATICO CONFERENCIA DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE Y EL DESARROLLO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, aprobada en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y suscrita en Río de Janeiro el 11 de junio del mismo año, en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 12 de julio de 1994. MARIO CANTON, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 22 de julio de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANTORO. SERGIO ABREU. MANUEL ANTONIO ROMAY. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.