Publicada D.O. 8 ago/994 - Nº
24105
Ley Nº 16.521
CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS
APRUEBASE LA ADHESION DE LA REPUBLCA
AL CONVENIO INTERNACIONAL DE COOPERACION, PREPARACION Y LUCHA
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República
Oriental del Uruguay al Convenio Internacional de Cooperación,
Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos,
adoptado en Londres el 30 de noviembre de 1990.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 12 de julio de 1994.
MARIO CANTON,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 25 de julio de 1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANTORO.
SERGIO ABREU.
DANIEL HUGO MARTINS.
JULIO C. BALIÑO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.