Ley 16521

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Publicada D.O. 8 ago/994 - Nº 24105 Ley Nº 16.521 CONTAMINACION POR HIDROCARBUROS APRUEBASE LA ADHESION DE LA REPUBLCA AL CONVENIO INTERNACIONAL DE COOPERACION, PREPARACION Y LUCHA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República Oriental del Uruguay al Convenio Internacional de Cooperación, Preparación y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos, adoptado en Londres el 30 de noviembre de 1990.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 12 de julio de 1994. MARIO CANTON, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL   MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 25 de julio de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANTORO. SERGIO ABREU. DANIEL HUGO MARTINS. JULIO C. BALIÑO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.