Publicada 22 ago/994 - Nº 24115
Ley Nº 16.535
ANA FRANK
DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA
RURAL Nº 51 DE JOANICO,
DEPARTAMENTO DE CANELONES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Ana Frank" a la
Escuela Rural Nº 51, de Juanicó, departamento de Canelones,
dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración
Nacional de Educación Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
3 de agosto de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 12 de agosto de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.