Ley 16535

Descarga el documento

Publicada 22 ago/994 - Nº 24115 Ley Nº 16.535 ANA FRANK DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA RURAL Nº 51 DE JOANICO, DEPARTAMENTO DE CANELONES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Ana Frank" a la Escuela Rural Nº 51, de Juanicó, departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de agosto de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA Montevideo, 12 de agosto de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. ANTONIO MERCADER. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.