Publicada D.O. 29 ago/994 - Nº
24119
Ley Nº 16.540
PEDRO LEANDRO IPUCHE
DESIGNASE CON SU NOMBRE AL LICEO DE
LA VILLA SAN CLARA DE OLIMAR,
DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Desígnase con el nombre " Pedro Leandro
Ipuche" al Liceo de la villa Santa Clara de Olimar, departamento de
Treinta y Tres, dependiente del Consejo de Educación Secundaria
(Administración Nacional de Educación Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
3 de agosto de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 16 de agosto de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.