Publicada D.O. 26 ago/994 - Nº
24118
Ley Nº 16.551
BALMORIS LLOVERAS
DESIGNASE CON SU NOMBRE A LA ESCUELA
RURAL Nº 208 DE LA 3ra. SECCION JUDICIAL
DEL DEPARTAMENTO DE CANELONES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Balmoris
Lloveras" a la Escuela Rural Nº 208 de la 3ª Sección Judicial del
departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación
Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
3 de agosto de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 16 de agosto de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.