Publicada D.O. 4 oct/994 - Nº
224145
Ley Nº 16.580
PROTECCION DE LAS OBTENCIONES
VEGETALES
CONVENIO INTERNACIONAL SUSCRITO EN
PARIS, REPUBLICA DE FRANCIA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República al
Convenio Internacional
para la Protección de las Obtenciones Vegetales, suscrito en París
el 2 de diciembre de 1961 y modificado por actas adicionales
firmadas en Ginebra el 10 de noviembre de 1972 y el 23 de octubre
de 1978.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
7 de setiembre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 21 de setiembre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
MIGUEL ANGEL GALAN.
GONZALO CIBILS.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.