Ley 16580

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Publicada D.O. 4 oct/994 - Nº 224145 Ley Nº 16.580   PROTECCION DE LAS OBTENCIONES VEGETALES CONVENIO INTERNACIONAL SUSCRITO EN PARIS, REPUBLICA DE FRANCIA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República al Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, suscrito en París el 2 de diciembre de 1961 y modificado por actas adicionales firmadas en Ginebra el 10 de noviembre de 1972 y el 23 de octubre de 1978.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7 de setiembre de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA   MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 21 de setiembre de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. SERGIO ABREU. MIGUEL ANGEL GALAN. GONZALO CIBILS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.