Publicada D.O. 4 oct/994 - Nº
24145
Ley Nº 16.581
COMUNIDAD ECONOMICO EUROPEA -
URUGUAY
ACUERDO MARCO DE COOPERACION Y
ANEXOS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo Marco de Cooperación entre la República
Oriental del Uruguay y la Comunidad Económica Europea y sus Anexos,
suscrito el 4 de noviembre de 1991.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
7 de setiembre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICAS
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 22 de setiembre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
GUSTAVO LICANDRO.
PABLO LANDONI.
MIGUEL ANGEL GALAN.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
GONZALO CIBILS.
MARIO AMESTOY.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.