Publicada D.O. 26 oct/994 - Nº
24160
Ley Nº 16.600
REPUBLICA DE VENEZUELA
DESIGNASE A LA ESCUELA Nº 75 DE 1er.
GRADO (CATEGORIA RURAL)
DEL PARAJE ARROYO SAUZAL, DEPARTAMENTO DE RIVERA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "República de
Venezuela" a la Escuela Nº 75, de 1er. Grado (Categoría Rural), del
paraje Arroyo Sauzal, departamento de Rivera, dependiente del
Consejo de Educación Primaria (Administración Nacional de Educación
Pública).
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 4 de octubre de 1994.
MARIO CANTON,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 14 de octubre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.