Publicada D.O. 27 oct/994 - Nº
24161
Ley Nº 16.607
CUBA - URUGUAY
CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL Y
EDUCATIVA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural y Educativa
entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el
Gobierno de la República de Cuba, suscrito en Montevideo el 1º de
julio de 1992.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
11 de octubre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 19 de octubre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.