Publicada D.O. 22 nov/994 - Nº
24178
Ley Nº 16.619
MARIA ANGELICA ORIBE MORA
CONCEDESE UNA PENSION GRACIABLE
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Concédese una
pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales
a la señora María Angélica Oribe Mora.
Artículo 2º.- La erogación
resultante será atendida por Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
1º de noviembre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 4 de noviembre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANTONIO MERCADER.
IGNACIO DE POSADAS MONTERO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.