Publicada D.O. 2 dic/994 - Nº
24186
Ley Nº 16.625
CORTE ELECTORAL
ESTABLECESE QUE EL PODER EJECUTIVO
PONDRA A SU DISPOSICION, DETERMINADO MONTO
PARA SOLVENTAR LOS GASTOS QUE DEMANDE LA ORGANIZACION Y
CELEBRACION
DEL ACTO ELECTORAL DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 1994
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- A los efectos de solventar los gastos e
inversiones que demande la organización y celebración del acto
electoral del próximo 27 de noviembre el Poder Ejecutivo pondrá a
disposición de la Corte Electoral la cantidad de $ 40.000.000
(cuarenta millones de pesos uruguayos).
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de noviembre de 1994.
MARIO CANTON,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 21 de noviembre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
ANGEL MARIA GIANOLA.
JOSE MARIA GAMIO.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.
DANIEL HUGO MARTINS.
ANTONIO MERCADER.
JOSE LUIS OVALLE.
MIGUEL ANGEL GALAN.
RICARDO REILLY.
GUILLERMO GARCIA COSTA.
GONZALO CIBILS.
MARIO AMESTOY.
MANUEL ANTONIO ROMAY.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.