Publicada D.O. 21 dic/994 - Nº
24199
Ley Nº 16.640
MEXICO - URUGUAY
CONVENIO DE COOPERACION
TURISTICA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de Cooperación Turística entre el
Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de los
Estados Unidos Mexicanos, suscrito en la ciudad de México, el 23 de
marzo de 1993.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
1º de diciembre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 8 de diciembre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
AGUIRRE RAMIREZ.
JOSE MARIA GAMIO.
ANGEL MARIA GIANOLA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.