Publicada D.O. 13 ene/995 - Nº
24215
Ley Nº 16.679
SERVICIO MOVIL CELULAR
APRUEBASE EL ACUERDO ENTRE LOS
GOBIERNOS DE LAS REPUBLICAS
DE ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo sobre el Servicio Móvil Celular entre
los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa de
Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del
Uruguay, suscrito en el "Valle de Las Leñas", provincia de Mendoza,
República Argentina, el 27 de junio de 1992.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
1º de diciembre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 14 de diciembre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
SERGIO ABREU.
RODOLFO GONZALEZ RISSOTO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.