Publicada D.O. 27 dic/994 - Nº
24203
Ley Nº 16.680
ARGELIA - URUGUAY
CONVENIO SANITARIO VETERINARIO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio Sanitario Veterinario suscrito entre
la República Oriental del Uruguay y la República Argelina
Democrática y Popular el 2 de octubre de 1991.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
1º de diciembre de 1994.
GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 14 de diciembre de
1994.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
LACALLE HERRERA.
JOSE MARIA GAMIO.
ALBERTO GAVARONE.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.