Ley 16680

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Publicada D.O. 27 dic/994 - Nº 24203 Ley Nº 16.680 ARGELIA - URUGUAY CONVENIO SANITARIO VETERINARIO El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Convenio Sanitario Veterinario suscrito entre la República Oriental del Uruguay y la República Argelina Democrática y Popular el 2 de octubre de 1991.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1º de diciembre de 1994. GONZALO AGUIRRE RAMIREZ, Presidente. Juan Harán Urioste, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA Montevideo, 14 de diciembre de 1994. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. JOSE MARIA GAMIO. ALBERTO GAVARONE. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.