Ley 16695

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Publicada D.O. 28 mar/995 - Nº 24264 Ley Nº 16.695 CONTINGENTE MILITAR AUTORIZASE LA SALIDA DEL PAIS DE PERSONAL MILITAR A EFECTOS DE INTEGRAR LA ORGANIZACION DEL QUE PRESTARA APOYO A LA OPERACION DE PAZ DE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS EN ANGOLA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Autorízase la salida del país del siguiente personal militar: 51 (cincuenta y uno) Personal Superior y 749 (Setecientos cuarenta y nueve) Personal Subalterno a efectos de integrar la Organización del Contingente Militar que prestará apoyo a la Operación de Paz que la Organización de las Naciones Unidas desarrollará en Angola, por el período que dure dicha misión.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 7 de marzo de 1995. GUILLERMO STIRLING, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 14 de marzo 1995. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. LACALLE HERRERA. RAUL ITURRIA. DIDIER OPERTTI. ALVARO RAMOS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.