Publicada D.O. 30 may/995 - Nº
24301
Ley Nº 16.701
PUEBLO EMPALME OLMOS
DECLARASE FERIADO EL DIA 21 DE MAYO
DE 1995
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárese
feriado para el pueblo de Empalme Olmos, 7a. Sección Judicial del
Departamento de Canelones, el día 21 de mayo de 1995 con motivo de
los actos celebratorios del centenario de la fundación de dicho
pueblo.
Artículo 2º.- Otórgase goce
de licencia paga durante el día referido en el artículo 1º a los
trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o
radicados en Empalme Olmos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo a
10 de mayo de 1995.
HUGO BATALLA,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y
MEDIO AMBIENTE
Montevideo, 19 de mayo de 1995.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
DIDIER OPERTTI.
CARLOS PEREZ DEL CASTILLO.
LUIS MOSCA.
RAUL ITURRIA.
SAMUEL LICHTENSZTEJN.
LUCIO CACERES.
FEDERICO SLINGER.
ANA LIA PIÑEYRUA.
ALFREDO SOLARI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
BENITO STERN.
JUAN CHIRUCHI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.