Ley 16702

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Publicada D.O. 26 jun/995 - Nº 24319 Ley Nº 16.702 DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO DECLARASE FERIADO EL DIA 27 DE JUNIO DE 1995 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Declárase feriado no laborable para el departamento de Cerro Largo el día 27 de junio de 1995 con motivo de celebrarse en esa fecha el bicentenario de la fundación como villa y el centenario de la declaración de la Ciudad de Melo. Artículo 2º.- Otórgase goce de licencia paga durante los días 26 y 27 de junio de 1995 a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos en el Departamento de Cerro Largo, no residentes en el mismo. Artículo 3º.- La presente Ley entrará en vigencia al día siguiente de su promulgación.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, a 14 de junio de 1995. HUGO BATALLA, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DEL INTERIOR  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES   MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL     MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS       MINISTERIO DE MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL         MINISTERIO DE SALUD PUBLICA          MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO            MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y   MEDIO AMBIENTE Montevideo, 21 de junio de 1995. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATALLA. DIDIER OPERTTI. ALVARO RAMOS. LUIS MOSCA. RAUL ITURRIA. SAMUEL LICHTENSZTEJN. LUCIO CACERES. JULIO HERRERA. ANA LIA PIÑEYRUA. LAURA ALBERTINI. CARLOS GASPARRI. BENITO STERN. JUAN CHIRUCHI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.