Publicada D.O. 21 abr/997 - Nº
24766
Ley Nº 16.817
BRASIL - URUGUAY
ACUERDO SOBRE COOPERACION EN MATERIA
AMBIENTAL
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay
y la República Federativa del Brasil sobre Cooperación en Materia
Ambiental, suscrito el 28 de diciembre de 1992.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
8 de abril de 1997.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
Quena Carámbula,
Prosecretaria.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 11 de abril de 1997.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
CARLOS PEREZ DEL CASTILLO.
JUAN CHIRUCHI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.