Publicada D.O. 3 set/997 - Nº
24859
Ley Nº 16.857
ITALIA - URUGUAY
ACUERDO DE PROMOCION Y RECIPROCA
PROTECCION DE INVERSIONES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébanse el Acuerdo de Fomento y Recíproca Protección de
Inversiones, entre la República Oriental del Uruguay y la República
Italiana, suscrito en Roma, el 21 de febrero de 1990.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
12 de agosto de 1997.
HUGO BATALLA,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 22 de agosto de
1997.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ALVARO RAMOS.
LUIS MOSCA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.