Ley 16865

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Publicada D.O. 25 set/997 - Nº 24875 Ley Nº 16.865 POLONIA - URUGUAY CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL, CIENTIFICA Y EDUCACIONAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase el Convenio entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Polonia (anteriormente denominada República Popular de Polonia) sobre Cooperación Cultural, Científica y Educacional, suscrito en la ciudad de Varsovia, el 23 de marzo de 1989.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de setiembre de 1997. HUGO BATALLA, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA     MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Montevideo, 12 de setiembre de 1997. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. CARLOS PEREZ DEL CASTILLO. DIDIER OPERTTI. LUIS MOSCA. SAMUEL LICHTENSZTEJN. RAUL BUSTOS. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.