Publicada D.O. 22 may/998 - Nº
25034
Ley Nº 16.961
BATALLONES DE INFANTERIA Nos. 2 Y
11
DESIGNASELOS CON LOS NOMBRES QUE SE
DETERMINAN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Desígnase con el nombre de "Resistencia"
de Infantería Mecanizado, al Batallón de Infantería Nº 2 y,
"Brigadier General Juan Antonio Lavalleja" de Infantería
Mecanizado, al Batallón de Infantería Nº 11.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 14 de abril de 1998.
JAIME MARIO TROBO,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 14 de mayo de 1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATALLA.
RAUL ITURRIA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.