Publicada D.O. 24 jun/998 - Nº
25055
Ley Nº 16.964
ONU - OEA - PAISES DE AMERICA LATINA
Y EL CARIBE
CONVENIO DE COOPERACION REGIONAL
PARA LA CREACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE
COOPERACION REGIONAL PARA LA EDUCACION DE ADULTOS EN AMERICA LATINA
Y EL CARIBE
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de Cooperación Regional para la
Creación y funcionamiento del Centro de Cooperación Regional para
la Educación de Adultos en América Latina y El Caribe, celebrado
entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura, la Secretaría General de la Organización de
los Estados Americanos y los países de América Latina y El Caribe,
el 19 de octubre de 1990, en la Ciudad de México, Estados Unidos
Mexicanos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
2 de junio de 1998.
HUGO BATALLA,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 5 de junio de 1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATALLA.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
SAMUEL LICHTENSZTEJN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.