Publicada D.O. 2 jul/998 - Nº
25061
Ley Nº 16.971
MERCOSUR
PROTOCOLO DE COOPERACION Y
ASISTENCIA JURISDICCIONAL
EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y ADMINISTRATIVA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase el Protocolo de Cooperación y Asistencia
Jurisdiccional en Materia Civil, Comercial, Laboral y
Administrativa, aprobado en el Valle de Las Leñas, provincia de
Mendoza, República Argentina, el 27 de junio de 1992, por los
cuatro Estados Parte del Tratado de Asunción.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
9 de junio de 1998.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
Jorge Moreira Parsons,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 15 de junio de 1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
DIDIER OPERTTI.
SAMUEL LICHTENSZTEJN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.