Publicada D.O. 22 set/998 - Nº
25117
Ley Nº 17.001
INMUEBLE PADRON 87295, DEL
DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO
SE AUTORIZA AL MINISTERIO DE DEFENSA
NACIONAL A ENAJENARLO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Autorízase al
Estado, Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de
Información de Defensa - a enajenar el inmueble de su propiedad
padrón 87295, sito en el departamento de Montevideo.
Artículo 2º.- El producido
del mismo se destinará a la construcción de obras, ampliación y
reciclaje de la estructura edilicia de la Dirección General de
Información de Defensa.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
2 de setiembre de 1998.
AMERICO RICALDONI,
Presidente.
Quena Carámbula,
Prosecretaria.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 14 de setiembre de
1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
RAUL ITURRIA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.