Publicada D.O. 19 oct/998 - Nº
25135
Ley Nº 17.013
BOLIVIA - URUGUAY
CONVENIO DE COOPERACION
CULTURAL
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural entre el
Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la
República de Bolivia, suscrito en la ciudad de La Paz, el 21 de
diciembre de 1987.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 16 de setiembre de 1998.
JAIME MARIO TROBO,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 7 de octubre de
1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
ANTONIO GUERRA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.